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Residencia Fiscal

¿Por qué Uruguay?

La residencia fiscal marca la potestad tributaria de un país y se debe justificar con la obtención de un certificado de residencia fiscal. Ser residente legal no implica ser residente fiscal ni a la inversa. Acreditar dicha calidad es condición necesaria para poder aplicar convenios que evitan la doble imposición internacional. Es exigido por las instituciones financieras, obligadas a conocer la residencia fiscal de los titulares de sus depósitos (CRS Common Reporting Standard). Esto determina a qué fisco se remitirá la información de las cuentas bancarias, a la luz de la tendencia de transparencia fiscal internacional promovida por la OCDE e intercambio automático de información financiera a efectos fiscales, al que converge la mayoría de las jurisdicciones. Al residente fiscal se le aplica el IRPF (impuesto a la renta de la persona física)
Al no residente fiscal se le aplica el IRNR (impuesto a la renta del no residente)

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¿Por qué es relevante para un extranjero obtener residencia fiscal en Uruguay?

Porque puede obtener importantes beneficios en su carga tributaria personal. En Uruguay el principio general es que se grava sólo las rentas de fuente uruguaya (con ciertas excepciones para los residentes fiscales por rentas de capital mobiliario de fuente extranjera), mientras que en la mayoría de los países el criterio predominante es que se grava la renta mundial. El extranjero que obtiene la residencia fiscal uruguaya podrá optar por tributar IRNR por el ejercicio fiscal en que se produce el cambio de residencia y los 5 (cinco) siguientes, por las rentas de capital mobiliario de fuente extranjera (intereses, dividendos). En la práctica esto implica que dicha persona física no tendrá carga tributaria durante el mencionado periodo por los rendimientos que genere su portafolio de inversión de fuente extranjera. Dicha opción la puede realizar una única vez y exclusivamente con relación a los rendimientos de capital mobiliario, (intereses, dividendos). Transcurrido dicho plazo pasa a estar gravado por IRPF a la tasa del 12 %. El interés de nuestros vecinos en obtener estos beneficios ha hecho crecer sustancialmente las solicitudes de residencia fiscal en nuestro país, acompañado con cumplir las condiciones necesarias para dejar de ser residentes en sus países de origen.
El certificado es emitido por la DGI a solicitud del contribuyente, tiene una validez de un año y se deben probar los requisitos exigidos por la normativa.

¿Qué condiciones debe cumplir la PF?

Cualquiera de las siguientes:
• Permanecer por más de 183 días durante el año civil en territorio uruguayo. Se computarán las ausencias esporádicas que no superen los 30 días corridos.
• Radicar en territorio nacional el centro de intereses vitales. Se presume, salvo prueba en contrario, cuando residan habitualmente en la República el cónyuge y los hijos menores a su cargo. En caso que no existan hijos será suficiente la presencia del cónyuge.
• Radicar en territorio nacional el núcleo principal o la base de sus actividades o de sus intereses económicos. Núcleo principal o base de actividades: cuando la PF genera en el país rentas de mayor volumen que en cualquier otro país. La comparación deberá efectuarse país por país.

Base de intereses económicos: si tiene en territorio nacional una inversión:
a) En bienes inmuebles por un valor superior a UI 15.000.000 (aprox.USD 1.875.000).
b) Directa o indirecta, en una empresa por un valor superior a 45.000.000 UI (aprox. USD 5.625.000) que comprenda actividades o proyectos que hayan sido declarados de interés nacional.

 

Cra. Vivianne Klastornick
Cra. Aida Perez

 

 

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