Más impuestos para activos en el exterior

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El Gobierno uruguayo propone ampliar el alcance del IRPF a más rentas obtenidas fuera del país. La contadora Cynthia Carballo, socia del estudio BRAGARD, explica de qué se trata y cómo puede impactar en los contribuyentes.

El pasado 31 de agosto el Poder Ejecutivo presentó el proyecto de Ley de Presupuesto ante el Parlamento Uruguayo. Entre las modificaciones fiscales propuestas se encuentra incluir más rentas del exterior gravadas por el IRPF.

Hasta el momento las personas físicas residentes en Uruguay tributan por las rentas vinculadas a sus activos en Uruguay y como excepción también tributan por los rendimientos de capital mobiliarios generados en el exterior, esto es, intereses, dividendos u otros resultados generados por una colocación de capital en el exterior, a una tasa del 12%.

El Proyecto de Ley de presentado propone gravar también los incrementos patrimoniales, es decir, gravar la transferencia de bienes o derechos en el exterior, por ejemplo venta de acciones o participaciones, de bonos, de inmuebles, entre otros. Para la transferencia de inmuebles se aplica la tasa del 12% sobre el resultado fiscal, es decir, precio de venta menos costo fiscal, en cambio, para los demás bienes, se considera que la utilidad asciende al 20% del precio de venta, por lo tanto, el impuesto resulta ser del 2,4% del precio de la transacción.

Por otra parte, se pretende también incluir como gravados a los rendimientos de capital inmobiliario, como por ejemplo arrendamientos de inmuebles en el exterior.

Quedan exceptuados de este impuesto los rendimientos de capital por arrendamiento de bienes muebles corporales o incorporales como marcas, derechos de autor, derechos federativos de deportistas, regalías y similares, también la cesión de derecho de explotación de imagen y los rendimientos por instrumentos financieros derivados.

La Cra. Cynthia Carballo, socia de BRAGARD, analizó el impacto del nuevo proyecto de Presupuesto y advirtió sobre los desafíos que plantea para quienes tienen activos en el exterior.

Si por estas rentas del exterior corresponde también el pago en otro país, entonces se podrá computar dicho monto como crédito en el IRPF.

En resumen, seguirán estando gravados los intereses y dividendos generados por inversiones en el exterior cuya tasa es del 12%, agregándose también los arrendamientos de inmuebles a la misma tasa.  Por su parte, pasan a estar gravadas las ventas de acciones, bonos, inmuebles y demás inversiones en el exterior a una tasa de 2,4% del precio de venta.

 

Opinión experta

La Cra. Cynthia Carballo, socia del estudio BRAGARD, advierte que esta medida “marca un antes y un después en la tributación de las personas con activos en el exterior, porque amplía de manera notoria el alcance del IRPF”.

Según explicó, el objetivo del Gobierno es aumentar la recaudación y equiparar el tratamiento de las rentas locales con las extranjeras. Sin embargo, Carballo señala que el cambio puede influir en la forma en que los contribuyentes planifican su patrimonio y también en la competitividad fiscal de Uruguay frente a otros países.

“Habrá que estar atentos a cómo se reglamente y qué mecanismos se establezcan para evitar la doble imposición”, subrayó.